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    La Corte Constitucional tumba parcialmente la conmoción interior en el Catatumbo

    adminBy adminApril 30, 2025No Comments5 Mins Read0 Views
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    Este martes, la Corte Constitucional de Colombia tomó una de sus decisiones más esperadas de 2025. Con una votación de seis a tres, determinó que es constitucional solo una parte del decreto por el que el presidente Gustavo Petro declaró la conmoción interior en la región del Catatumbo. Los magistrados consideraron que estaba justificado usar ese poder extraordinario, que permite al Ejecutivo emitir decretos con fuerza de ley, para enfrentar la crisis humanitaria que desató una ofensiva de la guerrilla del ELN contra una disidencia de las extintas FARC el fin de semana del 19 de enero. Sin embargo, los jueces anularon por unanimidad los elementos de esa declaratoria que buscan plantear respuestas a problemas estructurales de esta región fronteriza con Venezuela.

    La Corte, que debe estudiar cualquier declaratoria de un estado de excepción, pasará a analizar los 11 decretos que se ampararon en ella, para determinar en cada caso si obedecen a la parte constitucional o a la inconstitucional de las determinaciones tomadas por Petro. “Esta decisión solo incluye aquellas medidas que sean necesarias para el fortalecimiento de la fuerza pública, la atención humanitaria, los derechos y garantías fundamentales de la población civil, y la financiación para esos propósitos específicos”, aclara el anticipo de la sentencia, que se conoció en la noche de este 29 de abril.

    La Constitución colombiana establece que este organismo judicial debe revisar que las declaratorias de conmoción interior estén justificadas por la gravedad de los hechos y por la necesidad de medidas extraordinarias para enfrentarlos. De acuerdo con los tres magistrados en minoría —Paola Meneses, Jorge Enrique Ibáñez y José Fernando Reyes—, el Gobierno no logró sustentar esos requisitos. Para la mayoría restante, sí lo pudo hacer, pero solo frente a los eventos recientes. La situación en el Catatumbo ha mejorado con respecto a enero, pero el centenar de asesinatos y las 65.000 personas desplazadas, en un éxodo sin precedentes, han dejado profundas huellas en la región. El ELN sigue haciendo presencia, mientras avanza una contraofensiva de las disidencias para recuperar el control de zonas que les fueron arrebatadas. La lucha por el territorio continúa en una región con más de 30.000 hectáreas sembradas de coca.

    Ningún magistrado votó a favor de sostener la constitucionalidad de las medidas relacionadas con la presencia histórica del ELN y otros grupos armados, la concentración de cultivos ilícitos, las deficiencias en la implementación del programa de sustitución de cultivos ilícitos, “las necesidades básicas insatisfechas de la población por insuficiencia en la política social y los daños a la infraestructura energética y vial, así como las afectaciones a las operaciones del sector de hidrocarburos”.

    La decisión no sorprende. Varios expertos, como el exmagistrado de esa corte Alejandro Linares, señalaron que el presidente Petro se extralimitó al utilizar el estado de excepción para paliar problemas de larga data. Además, la tardanza del mandatario en decretar la conmoción —la anunció el 21 de enero, emitió la declaratoria el 24 de enero; el primer decreto con una medida concreta fue del 29, y el último, del pasado 8 de abril— fue interpretada como que la urgencia no era tan grande para usar mecanismos extraordinarios, que reducen el poder del Legislativo y que la Constitución señala que deben ser acotados.

    De hecho, la Corte se debatía entre decretar la inexequibilidad total o una parcial. Al haber optado por esta última, el mensaje político es menos fuerte para Petro, como muestra la reacción de su ministro del Interior, Armando Benedetti: “Gracias a que la Corte Constitucional declaró exequible la conmoción interior, más de 2,7 billones de pesos podrán ser invertidos en el Catatumbo para restablecer el orden, la soberanía, erradicar cultivos ilícitos, construir carreteras, sedes universitarias y puestos de salud, y el regreso a su territorio de 64 mil desplazados. También es un espaldarazo a la Fuerza Pública”, escribió en X.

    El efecto jurídico también será menos tajante. En las próximas semanas, la Corte deberá emitir el texto completo de la sentencia a partir de la ponencia de las magistradas Cristina Pardo y Natalia Ángel, que a su vez deberá estudiar cada uno de los 11 decretos para establecer su constitucionalidad. Las resoluciones emitidas por el Gobierno que pasarán a ser analizadas contemplan disposiciones tan variadas que van desde la implementación del trabajo remoto hasta incentivos tributarios a los hoteles que brinden alojamiento gratuito a los desplazados; otras establecen mecanismos para evitar la concentración irregular de tierras en la zona afectada, o agilizan la titulación de tierras para víctimas del conflicto y excombatientes en proceso de reincorporación.

    El alto tribunal tiene en su agenda otra decisión de importantes consecuencias políticas, pues estudia demandas contra la reforma pensional, la única de las reformas sociales que el Gobierno ha logrado sacar adelante en el Congreso. El cambio al sistema entra a regir el próximo 1 de julio y los magistrados esperan zanjar este asunto antes de esa fecha. El presidente ha sido bastante crítico respecto a las decisiones de la Corte contrarias a sus posturas, especialmente cuando declaró la inconstitucionalidad de un artículo de su reforma tributaria que permitía un gran recaudo de las empresas minero energéticas al cambiar el manejo fiscal de las regalías, el dinero que pagan al Estado por explotar el subsuelo.

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